Bienestar Social Sindimantto

ARTÍCULOS DEPARTAMENTO BIENESTAR SOCIAL (Sindicato de Trabajadores de la Aviación LATAM)

  • Maricel Aguilera
  • Alfredo Carrión
  • Yuri Carrión
  • Darío Castillo
  • Mario Espinoza
  • Paola Flores
  • Cristian Lobos
  • José Marchant
  • Carlos Medel
  • Marcelo Vásquez

1.1 -El Departamento de Bienestar Social (D.B.S) del Sindicato de Trabajadores de la Aviación de la empresa Latam será un departamento sin fines de lucro, que tendrá por función propender al mejoramiento de la calidad de vida de sus socios y de sus cargas, proporcionándoles  ayuda médica y social en la medida que sus recursos lo permitan, dejando estipulado que esta ayuda estará sujeta a una evaluación del caso, entendiéndose a situaciones que en efecto lo ameriten o califiquen como necesaria. Además este departamento podrá articular el desarrollo de  áreas como el deporte, la cultura y la  recreación entre otras, que tendrán por objeto provocar la inserción y la participación del conjunto de los socios del sindicato.

1.2 –El D.B.S. velará por cada uno de los asociados que tengan la necesidad de ser apoyados o ayudados solidariamente según lo indica el punto 1.1 de este artículo.

1.3 – El D.B.S será encabezado por uno de los miembros del directorio del sindicato y conformado   por xxx  socios miembros de la organización, que voluntariamente se incorporen a la comisión de trabajo sin límite determinado de cupos y que darán cuenta semestral  de su gestión.

*El DBS tendrá la obligación de dar funcionamiento a las diferentes comisiones, (deporte, educación, cultura, recreación), proponiendo un proyecto de trabajo anualmente, el cual será discutido en conjunto con el directorio e informado a la asamblea.

1.4 – Cada socio aportará con un monto descontado mensualmente, que irá directo al fondo de reserva  para uso exclusivo  del  D.B.S  y creado para este efecto. (Se propone la suma mensual de $500.- por cada socio)

1.5 –Cada socio podrá generar una solicitud de ayuda, enviada al D.B.S  el cual informará al directorio de la organización; y que será evaluada por este en conjunto con los miembros del DBS y cuya aprobación será su facultad  exclusiva. Entendiéndose que esta ayuda  se puede materializar como un préstamo  o ayuda solidaria, la que se hará efectiva a través de un documento nominativo a la institución médica o a quien corresponda.

• Si el hecho de que el socio obtuvo beneficios valiéndose de documentos o datos falsos, deberá reembolsar las sumas percibidas, reajustadas en el mismo porcentaje de variación del IPC entre el mes inmediatamente anterior a su aprobación y el mes inmediatamente anterior a su destitución.
• Los cargos serán formulados por escrito al afectado quien tendrá un plazo de 10 días para hacer sus descargos.

1.6 - Los socios tendrán los siguientes derechos:
- a) Designar un representante de cada área para el DBS, por un periodo de cuatro años (paralelo a los dirigentes sindicales).
- b) Recibir los beneficios que preste este departamento en lo social, lo cultural y lo recreativo.
- c) Presentar cualquier proyecto o proposición al estudio del Directorio, que en conjunto con el DBS decidirán su rechazo o inclusión en la tabla de una Asamblea General.

1.7- Serán Obligaciones de los socios:
- a) Respetar y cumplir los reglamentos de este articulo, el cual se incluirá en los estatutos de nuestra organización, asumiendo además las resoluciones que emanen desde las Asambleas Generales.
- b) Desempeñar con celo y oportunidad los cargos o comisiones que se le encomienden.

1.8 - La calidad de miembro del comité se pierde:
- a) Por fallecimiento.
- b) Por dejar de pertenecer a la empresa.
- c) Por expulsión basada en las siguientes causales:
- 1. Por causar grave daño de palabra o por escrito a los intereses del Servicio de Bienestar.
- 2. Por arrogarse, sin derecho, la representación de la Institución con el objeto de obtener beneficios personales.

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